MINUTA DE LA ESPECIALIDAD DE SISTEMAS DE LINEAS L.D. MANTENIMIENTO
EN LA CIUDAD DE MÉXICO, DISTRITO FEDERAL, SIENDO LAS CATORCE HORAS DEL DIA VEINTICUATRO DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL, SE REUNIERON EN LAS OFICINAS DE LA DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS DE TELÉFONOS DE MÉXICO, S.A. DE C.V., UBICADAS EN EL SEGUNDO PISO DE LAS CALLES DE SULLIVAN NÚMERO CIENTO NOVENTA Y NUEVE, COLONIA SAN RAFAEL,
POR UNA PARTE Y EN REPRESENTACIÓN DE TELÉFONOS DE MÉXICO, S.A. DE C.V., LOS SEÑORES
DR. JAVIER ELGUEA SOLIS, DIRECTOR DE RECURSOS HUMANOS;
LIC. JAIME PÉREZ GOMÉZ, DIRECTOR DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS;
LIC. ANGEL ALEXANDER FLORES, SUBDIRECTOR DE ADMINISTRACION DE PERSONAL;
LIC. PILAR MARMOLEJO IBARRA, SUBDIRECTORA DE PLANEACION Y DESARROLLO DE RECURSOS HUMANOS;
LIC. MAURICIO ELÍAS GARCÍA, SUBDIRECTOR DE RELACIONES LABORALES;
ING. LUIS ANTONIO VILLANUEVA GOMEZ, SUBDIRECTOR DE PLANEACION E INGENIERIA DE LA DIRECCION TECNICA Y LARGA DISTANCIA;
LIC. JESÚS VARGAS FLORES, GERENTE DE RELACIONES LABORALES TÉCNICOS;
LIC. ENRIQUE FONSECA GONZALEZ, GERENTE DE RECURSOS HUMANOS Y RELACIONES LABORALES DE LA DIRECCION TECNICA Y LARGA DISTANCIA;
SR. VIDAL RUIZ ESPINOZA, GERENTE DE RELACIONES LABORALES CAPACITACION;
LIC. JAVIER CONTRERAS AGUILAR, COORDINADOR DE RELACIONES LABORALES TECNICOS;
POR OTRA PARTE Y EN REPRESENTACIÓN DEL SINDICATO DE TELEFONISTAS DE LA REPÚBLICA MEXICANA, LOS SEÑORES
FRANCISCO HERNÁNDEZ JUÁREZ, SECRETARIO GENERAL;
MIGUEL GUZMÁN BEJAR, SECRETARIO DE TRABAJO;
RICARDO ARZATE RIVAS, SECRETARIO DE CONFLICTOS FORÁNEOS;
JULÍAN ESTEVEZ SOLÓRZANO, SECRETARIO DE AJUSTES Y NIVELACIONES;
JOSÉ LUIS FLORES RAMÍREZ, PRESIDENTE DEL COMITÉ NACIONAL DE VIGILANCIA Y PEDRO ELGUERA RODRÍGUEZ, SEGUNDO SECRETARIO DEL COMITÉ NACIONAL DE VIGILANCIA;
JESÚS HERNÁNDEZ JUÁREZ, JORGE CASTILLO MAGAÑA, JOSÉ ANTONIO ARGÜELLO RODRÍGUEZ Y JOSÉ ARTURO CHÁVEZ NUÑEZ, COMISIONADOS SINDICALES;
MARIA DEL CARMEN VEGA, SECRETARIA DEL INTERIOR;
ANGEL OYERVIDES ROJAS, PRIMER PROSECRETARIO DE CONFLICTOS FORANEAS; CARLOS TORRES RAYAS, PRESIDENTE DE LA COMISION NACIONAL DE FOMENTO DEPORTIVO;
JUAN DE DIOS SAIZ PADILLA, ZONA SINDICAL 1 DIVISIÓN NOROESTE; ROSENDO ROMERO MEDINA, ZONA SINDICAL 2 DIVISIÓN OCCIDENTE; ALFONSO ROSALES MUÑOZ, ZONA SINDICAL 3 DIVISIÓN NORTE-CENTRO; EDUARDO LUGO BLANCO, ZONA SINDICAL 4 DIVISIÓN NORESTE; SALVADOR GUTIÉRREZ BECERRIL, ZONA SINDICAL 5 DIVISIÓN CENTRO; PABLO RÍOS RODRÍGUEZ, ZONA SINDICAL 6 DIVISIÓN PACÍFICO-GOLFO; MIGUEL ANGEL LOZADA VEGA, ZONA SINDICAL 7 DIVISIÓN PACÍFICO-GOLFO Y JORGE SALAZAR MORALES, ZONA SINDICAL 8 DIVISIÓN SURESTE, COMISIONADOS DE LA ESPECIALIDAD DE LÍNEAS L. D. MANTENIMIENTO,
CON EL FIN DE DAR CUMPLIMIENTO AL PUNTO II DEL CAPITULO DE PUNTOS DE CONVENIO DEL DOCUMENTO SIGNADO ENTRE EMPRESA Y SINDICATO CON FECHA VEINTIUNO DE ABRIL DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE, MEDIANTE EL CUAL SE DIO POR REVISADO EL CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO EN SU ASPECTO SALARIAL, MISMO QUE EN SU PARTE CONDUCENTE DICE:
PUNTOS DE CONVENIO.- LAS PARTES ACORDARON OBLIGARSE EN LOS TERMINOS DE LOS SIGUIENTES PUNTOS DE CONVENIO:
"II.- PERFILES DE PUESTO, EMPRESA Y SINDICATO ACUERDAN QUE EN EL TÉRMINO DE TREINTA DÍAS, CONTADOS A PARTIR DE LA FIRMA DEL PRESENTE CONVENIO, ESTABLECER UNA COMISIÓN PARA FORMULAR UN DIAGNÓSTICO SOBRE EL DESARROLLO Y PROFESIONALIZACIÓN DEL TRABAJO, EN EL MARCO DE UNA EMPRESA MODERNA Y COMPETITIVA EN EL RAMO DE LAS TELECOMUNICACIONES, QUE ADEMÁS PROMUEVA UNA MAYOR PERMANENCIA DEL TRABAJADOR EN LA EMPRESA. DICHA COMISIÓN SESIONARÁ POR ESPACIO DE CUARENTA Y CINCO DÍAS, ANALIZANDO LOS ELEMENTOS DE TODAS LAS ESPECIALIDADES, CON EL OBJETO DE VER LA VIABILIDAD Y CONVENIENCIA PARA AMBAS PARTES DE LA EVOLUCIÓN DE LOS PERFILES DE PUESTO QUE SE REQUIERAN, EN EL ENTENDIDO QUE SI DE ESTE ANÁLISIS RESULTARA ALGÚN COSTO SALARIAL O EFECTO ECONÓMICO, EL MISMO SE APLICARÁ EN LA REVISIÓN CONTRACTUAL DEL AÑO DOS MIL. EMPRESA Y SINDICATO ACORDARÁN EL MECANISMO DE PRESENTACIÓN DE LOS ELEMENTOS DE ANÁLISIS POR PARTE DE LAS ESPECIALIDADES".
EN RAZON DE LO ANTERIOR, TELEFONOS DE MÉXICO, S.A. DE C.V., Y EL SINDICATO DE TELEFONISTAS DE LA REPUBLICA MEXICANA, CELEBRAN EL PRESENTE CONVENIO PARA LA ESPECIALIDAD DE LINEAS L.D. MANTENIMIENTO AL TENOR DE LAS DECLARACIONES, CLÁUSULAS Y MANIFESTACIONES SIGUIENTES:
DECLARACIONES
UNICA.- EMPRESA Y SINDICATO DECLARAN QUE CON MOTIVO DEL COMPROMISO MENCIONADO EN EL PREAMBULO DEL PRESENTE DOCUMENTO, HAN LLEGADO A LOS ACUERDOS SIGUIENTES:
CLAUSULAS
PRIMERA.- LAS PARTES SE RECONOCEN MUTUAMENTE LA PERSONALIDAD Y CARÁCTER CON EL QUE CELEBRAN EL PRESENTE CONVENIO, PARA TODOS LOS EFECTOS LEGALES Y CONTRACTUALES A QUE HAYA LUGAR.
SEGUNDA.- EMPRESA Y SINDICATO ACUERDAN LA MODIFICACIÓN DE LOS PERFILES DE PUESTO DE LA ESPECIALIDAD DE LÍNEAS L.D. MANTENIMIENTO, CONSERVANDO SU ESTRUCTURA ACTUAL DE CATEGORÍAS, MODIFICANDO SU DENOMINACIÓN EN EL ORDEN SIGUIENTE: DE CELADOR INSPECTOR DE LÍNEAS L.D. A TÉCNICO ESPECIAL DE LÍNEAS L.D.; DE CELADOR DE PRIMERA DE LÍNEAS L.D. A TÉCNICO DE PRIMERA DE LÍNEAS L.D.; DE CELADOR DE SEGUNDA DE LÍNEAS L.D. A OPERARIO DE LÍNEAS L.D., LOS CUALES SE AGREGAN COMO PARTE INTEGRANTE DE LA PRESENTE MINUTA RUBRICADOS AL MARGEN Y AL CALCE POR LAS COMISIONES REVISORAS DE EMPRESA Y SINDICATO.
TERCERA.- LAS PARTES RATIFICAN QUE LOS BENEFICIOS ECONÓMICOS DE LA ESPECIALIDAD DE LÍNEAS L.D. MANTENIMIENTO SON LOS SIGNADOS POR LAS PARTES EN LA MINUTA 11/90 DE FECHA 4 DE DICIEMBRE DE 1990, ASÍ COMO EN EL OFICIO FJR-258/86 DE FECHA 2 DE OCTUBRE DE 1986. ASIMISMO RATIFICAN LOS BENEFICIOS ADMINISTRATIVOS DE APLICACIÓN PARA LA ESPECIALIDAD DE LÍNEAS L.D. MANTENIMIENTO ESTABLECIDOS EN LA MINUTA 17, DE FECHA 16 DE MAYO DE 1989.
CUARTA.- EMPRESA Y SINDICATO ACUERDAN: A).- QUE PARA EL DESARROLLO DE LAS FUNCIONES Y ACTIVIDADES CONTENIDAS EN EL PERFIL DE PUESTO DE LA ESPECIALIDAD DE LÍNEAS L.D. SE CONSIDERARÁ COMO CONCEPTO GENERAL: LÍNEAS L.D.; LÍNEAS FÍSICAS DE ABONADO DISTANTE; ENLACES FÍSICOS DE L.D. QUE CONECTAN AGENCIAS RURALES; MEDIOS FÍSICOS INTERURBANOS; E INFRAESTRUCTURA DE MEDIOS FÍSICOS. B).- PARA EL DESARROLLO DE LAS FUNCIONES Y ACTIVIDADES CONTENIDOS EN EL PERFIL DE PUESTO DE LA ESPECIALIDAD DE PLANTA EXTERIOR SE CONSIDERARÁ COMO CONCEPTO GENERAL: MEDIOS DE TRANSMISIÓN URBANOS. C).- LAS CONSIDERACIONES INDICADAS EN LOS INCISOS A) Y B) SE APLICARÁN EN TÉRMINOS DE LA NORMATIVIDAD VIGENTE, POR LA ESPECIALIDAD QUE A LA FECHA LO TENGA PACTADO Y CON LA FLEXIBILIDAD EN LA EJECUCIÓN DE LAS FUNCIONES Y ACTIVIDADES REQUERIDAS POR LA ADMINISTRACIÓN PACTADAS EN LOS PERFILES DE PUESTO DE LA ESPECIALIDAD QUE PERMITA A LA EMPRESA REACCIONAR RÁPIDA Y ACERTADAMENTE A LOS REQUERIMIENTOS QUE EXIJA LA COMPETENCIA, ASÍ COMO A LA REGULACIÓN QUE ESTE VIGENTE.
QUINTA.- LAS PARTES ACUERDAN QUE EL PROCESO DE ASCENSO DEL PERFIL DE PUESTO A LA CATEGORIA DE TECNICO ESPECIAL DE LINEAS L.D., SERA LIBRE MEDIANTE EXAMEN APROBADO Y EN FORMA GRADUAL, POR LO QUE DICHO PROCESO INICIARA CON NOVENTA Y OCHO ASCENSOS DE LA CATEGORIA DE TECNICO DE PRIMERA DE LINEAS DE LARGA DISTANCIA A LA CATEGORIA DE TECNICO ESPECIAL DE LINEAS L.D., ESTOS MOVIMIENTOS APLICARAN EN EL PRIMER AÑO QUE ABARCA DEL 25 DE ABRIL DEL AÑO 2000 AL 25 DE ABRIL DEL AÑO 2001, PARA LOS SUBSECUENTES PERIODOS, EMPRESA Y SINDICATO ACORDARAN ANUALMENTE EL NUMERO DE ASCENSOS A AUTORIZAR EN LA ESPECIALIDAD POR CATEGORIA, ESTABLECIENDO ASI TAMBIEN EL COSTO SALARIAL O IMPACTO ECONOMICO QUE RESULTE, SE APLICARA EN LA REVISION DEL CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO CORRESPONDIENTE, REITERANDO ASIMISMO EL ASCENSO LIBRE MEDIANTE LA APROBACION DEL EXAMEN CORRESPONDIENTE DE LA CATEGORIA DE OPERARIO DE LINEAS L.D. A LA CATEGORIA DE TECNICO DE PRIMERA DE LINEAS L.D.
SEXTA.- EMPRESA Y SINDICATO ACUERDAN QUE LA FECHA DE EFECTIVIDAD PARA LOS NOVENTA Y OCHO ASCENSO POR GRADUALIDAD MENCIONADOS EN LA CLAUSULA QUE ANTECEDE SERA A PARTIR DEL VEINTICINCO DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL, ASIMISMO SE PONDRAN DE ACUERDO EN LA MECANICA DE DISTRIBUCION DE DICHOS MOVIMIENTOS.
SEPTIMA.- EMPRESA Y SINDICATO ESTAN DE ACUERDO EN ELABORAR EL PROCEDIMIENTO DE ASCENSO DE LA ESPECIALIDAD DE LINEAS L.D. MANTENIMIENTO, A TRAVES DE LA COMISION MIXTA NACIONAL DE CAPACITACION Y ADIESTRAMIENTO, CONFORME A LO PREVISTO EN EL CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO VIGENTE.
OCTAVA.- EMPRESA Y SINDICATO MANIFIESTAN ESTAR DE ACUERDO EN ESTABLECER UN PROGRAMA DE TRABAJO RELATIVO A CAPACITACION, CERTIFICACIÓN LABORAL PROFESIONALIZACIÓN Y PROCEDIMIENTOS DE ASCENSO CONFORME A LO ESTABLECIDO EN EL TRANSITORIO NUMERO QUINCE PARA EL BIENIO DOS MIL – DOS MIL DOS.
NOVENA.- EN VIRTUD DE LOS ACUERDOS ASENTADOS POR LAS PARTES EN EL PRESENTE CONVENIO, MANIFIESTAN DAR POR REVISADO EL PERFIL DE PUESTO DE LA ESPECIALIDAD DE LINEAS L.D. MANTENIMIENTO, CON LO CUAL, ASI TAMBIEN, DAN POR CUMPLIDO EL COMPROMISO MENCIONADO EN EL PREAMBULO DE LA PRESENTE MINUTA.
DECIMA.- EMPRESA Y SINDICATO ACUERDAN QUE EL PRESENTE CONVENIO TENDRA APLICACIÓN A PARTIR DE LA FECHA DE LA ENTRADA EN VIGENCIA DEL CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO CORRESPONDIENTE AL BIENIO DOS MIL - DOS MIL DOS.
MANIFESTACIONES DEL SINDICATO DE TELEFONISTAS DE LA REPUBLICA MEXICANA:
PRIMERA.- LA REPRESENTACION SINDICAL REITERA SU PETICION DE INTEGRACION A LA ESPECIALIDAD DE L.D. MANTENIMIENTO POR LO QUE SE RESERVA EL DERECHO DE PRESENTAR SU PROPUESTA EN LA INSTANCIA QUE CONSIDERE CONVENIENTE PARA EL ANALISIS DE DICHA PROPUESTA. SI COMO CONSECUENCIA DE DICHO ANALISIS LA RESPUESTA ES FAVORABLE A LA PETICION SINDICAL, SE PROPONE INTEGRAR LA SIGUIENTE REDACCION AL CONTENIDO DEL PERFIL DE PUESTO COMO ACTIVIDAD EN SU PUNTO NUMERO TRES DE LA CATEGORIA DE TECNICO DE PRIMERA DE LINEAS L.D. MANTENIMIENTO; "AUXILIARA EN LA OPERACIÓN, DETECCION Y REPARACION DE DAÑOS EN LOS EQUIPOS DE TRANSMISION, FUERZA Y CLIMA, BAJO INSTRUCCIONES, CON LA FINALIDAD DE PRESEVAR LA CONTINUIDAD Y CALIDAD DEL SERVICIO AL CLIENTE, ESTA ACTIVIDAD SE REALIZARA SIEMPRE Y CUANDO NO SE ENCUENTRE PERSONAL DISPONIBLE DE LA ESPECIALIDAD CORRESPONDIENTE".
SEGUNDA.- LA REPRESENTACION SINDICAL MANIFIESTA QUE EN RELACION AL RUBRO DE CAPACITACION Y FORMAS DE ASCENSO PROPONEN EL TEXTO SIGUIENTE: "LAS FORMAS DE ASCENSO DE TODAS LAS CATEGORÍAS SERAN CON ACCESO LIBRE HASTA LA MÁXIMA CATEGORÍA MEDIANTE EXAMEN DE ACUERDO A LOS MECANISMOS ESTABLECIDOS".
TERCERA.- LA REPRESENTACIÓN SINDICAL EN RELACION A LA CLAUSULA TERCERA DE ESTA MINUTA, MANIFIESTA UNA EXCEPCION EN LO QUE CORRESPONDE A LOS BENEFICIOS ECONOMICOS INDICADOS EN LA CLAUSULA TERCERA "RESPECTO AL SEGURO DE VIDA CONTEMPLADO EN LA CLAUSULA SEXTA DEL CONVENIO FIRMADO EL 27 DE JUNIO EN 1995" SE ANEXA PROPUESTA SINDICAL.
MANIFESTACIONES DE LA EMPRESA:
PRIMERA.- CON RELACION A LA PRIMERA MANIFESTACION DE LA REPRESENTACION SINDICAL LA EMPRESA REITERA QUE OPERATIVAMENTE NO SE JUSTIFICA, NI SE REQUIERE LA INTEGRACION DE LA ESPECIALIDAD DE LINEAS L.D. MANTENIMIENTO EN LA ESPECIALIDAD DE L.D. MANTENIMIENTO, Y EN SU CASO ESTARA A LO DISPUESTO DE LO QUE FINALMENTE SE ACUERDE EN LA INSTANCIA CORRESPONDIENTE.
SEGUNDA.- CON RELACION A LA SEGUNDA MANIFESTACION DE LA REPRESENTACION SINDICAL, LA EMPRESA MANIFIESTA QUE LAS PARTES DEBERAN ESTAR A LO QUE FINALMENTE SE ACUERDE COMO RESULTADO DE LA APLICACIÓN DEL PUNTO II DEL CONVENIO DE FECHA 21 DE ABRIL DE 1999, QUE DIO POR REVISADO EL CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO EN SU ASPECTO SALARIAL.
TERCERA.- CON RELACION A LA TERCERA MANIFESTACION DE LA REPRESENTACION SINDICAL, LA EMPRESA MANIFIESTA QUE NO ES PROCEDENTE SU PETICION, EN VIRTUD DE QUE TODOS LOS COSTOS SALARIALES Y EFECTOS ECONOMICOS SE APLICARAN EN LA REVISION CONTRACTUAL DEL AÑO DOS MIL Y EN APLICACIÓN DEL PUNTO II DEL CONVENIO DE FECHA 21 DE ABRIL DE 1999 QUE DIO POR REVISADO EL CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO EN SU ASPECTO SALARIAL, ASIMISMO TODOS LOS ASPECTOS DE PREVISION SOCIAL ESTAN LEGAL Y CONTRACTUALMENTE CUBIERTOS.
LEIDO POR LAS PARTES EL PRESENTE CONVENIO Y ENTERADOS DE SU CONTENIDO Y ALCANCES LEGALES, ATESTADO EN CUATRO HOJAS LO RATIFICAN FIRMANDO AL MARGEN Y AL CALCE PARA CONSTANCIA.
POR LA EMPRESA .-----.(.....Rúbricas......).----.POR EL SINDICATO