MINUTA DE LA ESPECIALIDAD DE FINANZAS
EN LA CIUDAD DE MEXICO, DISTRITO FEDERAL, SIENDO LAS DOCE HORAS DEL DIECIOCHO DE ABRIL DE DOS MIL, SE REUNIERON EN LAS OFICINAS QUE OCUPA LA SUBDIRECCION DE RELACIONES LABORALES DE TELEFONOS DE MEXICO, S.A. DE C.V., UBICADAS EN EL PRIMER PISO DEL EDIFICIO MARCADO CON EL NUMERO 199 DE LAS CALLES DE JAMES SULLIVAN, COLONIA SAN RAFAEL,
POR UNA PARTE Y EN REPRESENTACION DE LA EMPRESA TELEFONOS DE MEXICO, S.A. DE C.V., LOS SEÑORES
DR. JAVIER ELGUEA SOLIS, DIRECTOR DE RECURSOS HUMANOS;
LIC. JAIME PEREZ GOMEZ, DIRECTOR DE ADMINISTRACION DE RECURSOS HUMANOS;
ING. ADOLFO CEREZO PEREZ, DIRECTOR DE FINANZAS Y ADMINISTRACION;
LIC. PILAR MARMOLEJO IBARRA, SUBDIRECTORA DE DESARROLLO DE RECURSOS HUMANOS;
LIC. MAURICIO ELIAS GARCIA, SUBDIRECTOR DE RELACIONES LABORALES;
LIC. ANGEL ALEXANDER FLORES, SUBDIRECTOR DE ADMINISTRACION DE PERSONAL;
C.P. EDUARDO ROSENDO GIRARD, SUBDIRECTOR DE CONTRALORIA;
C.P. ANGEL BRAVO TRUJILLO, SUBDIRECTOR DE AUDITORIA;
LIC. CARLOS ALMAZAN LEGORRETA, GERENTE DE RELACIONES LABORALES ADMINISTRATIVOS;
SR VIDAL RUIZ ESPINOZA, GERENTE DE RELACIONES LABORALES CAPACITACION; C.P JOSE BUSTAMANTE HERNANDEZ, GERENTE DE DESARROLLO DE SISTEMAS CONTABLES;
LIC. LUDWIG ALVARADO IÑIGUEZ, GERENTE ADMINISTRATIVO;
LIC. MARITTZA VAN PRATT GUILLERMO, COORDINADORA DE RELACIONES LABORALES ADMINISTRATIVOS Y
C.P. GUSTAVO BERNAL GONZALEZ, COORDINADOR DE AUDITORIA COMERCIAL; RESPECTIVAMENTE,
POR LA OTRA PARTE, EN REPRESENTACION DEL SINDICATO DE TELEFONISTAS DE LA REPUBLICA MEXICANA LOS SRES.
FRANCISCO HERNANDEZ JUAREZ, SECRETARIO GENERAL;
MIGUEL GUZMAN BEJAR, SECRETARIO DE TRABAJO;
RICARDO ARZATE RIVAS, SECRETARIO DE CONFLICTOS FORANEOS;
JORGE CASTILLO MAGAÑA, RAUL ROMERO ROJAS Y ALVARO VILLALOBOS FRIAS, COMISIONADOS AL COMITE EJECUTIVO NACIONAL;
RAFAEL ANGEL GUTIERREZ CRUZ, JOSE CARLOS VICTOR BONILLA LEIJA Y SALVADOR OCHOA GARCIA, INTEGRANTES DE LA COMISION DE LOS TRABAJADORES DE LA ESPECIALIDAD DE FINANZAS,
CON EL FIN DE DAR CUMPLIMIENTO AL PUNTO II DE "PUNTOS DE CONVENIO" DEL DOCUMENTO SIGNADO ENTRE EMPRESA Y SINDICATO EN FECHA VEINTIUNO DE ABRIL DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE, POR EL QUE SE TUVO POR REVISADO EL CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO, EN SU ASPECTO SALARIAL, MISMO QUE EN SU PARTE CONDUCENTE DICE:
"PUNTOS DE CONVENIO.-
LAS PARTES ACORDARON OBLIGARSE EN LOS TERMINOS DE LOS SIGUIENTES PUNTOS DE CONVENIO:…
II.- PERFILES DE PUESTO,
EMPRESA Y SINDICATO ACUERDAN QUE EN EL TERMINO DE TREINTA DIAS, CONTADOS A PARTIR DE LA FIRMA DEL PRESENTE CONVENIO, ESTABLECER UNA COMISION PARA FORMULAR UN DIAGNOSTICO SOBRE EL DESARROLLO Y PROFESIONALIZACION DEL TRABAJO, EN EL MARCO DE LA EMPRESA MODERNA Y COMPETITIVA EN EL RAMO DE LAS TELECOMUNICACIONES, QUE ADEMAS PROMUEVA UNA MAYOR PERMANENCIA DEL TRABAJADOR EN LA EMPRESA. DICHA COMISION SESIONARA POR ESPACIO DE CUARENTA Y CINCO DIAS ANALIZANDO LOS ELEMENTOS DE TODAS LAS ESPECIALIDADES, CON EL OBJETO DE VER LA VIABILIDAD Y CONVENIENCIA PARA AMBAS PARTES DE LA EVOLUCION DE LOS PERFILES DE PUESTO QUE SE REQUIERAN, EN EL ENTENDIDO QUE SI DE ESTE ANALISIS RESULTARA ALGUN COSTO SALARIAL O EFECTO ECONOMICO, EL MISMO SE APLICARA EN LA REVISION CONTRACTUAL DEL AÑO DOS MIL. EMPRESA Y SINDICATO ACORDARAN EL MECANISMO DE PRESENTACION DE LOS ELEMENTOS DE ANALISIS POR PARTE DE LAS ESPECIALIDADES."
EN RAZON DE LO ANTERIOR, TELEFONOS DE MEXICO, S.A. DE C.V., Y EL SINDICATO DE TELEFONISTAS DE LA REPUBLICA MEXICANA, CELEBRAN EL PRESENTE CONVENIO PARA LA ESPECIALIDAD FINANZAS AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLAUSULAS:
D E C L A R A C I O N E S
UNICA.-
LAS PARTES DECLARAN QUE CON MOTIVO DEL COMPROMISO MENCIONADO EN EL PREAMBULO DEL PRESENTE DOCUMENTO, HAN LLEGADO A ACUERDOS AL TENOR DE LAS SIGUIENTES:C L A U S U L A S
PRIMERA.- LAS PARTES SE RECONOCEN MUTUAMENTE LA PERSONALIDAD Y CARACTER CON QUE COMPARECEN A LA SUSCRIPCION DE ESTE CONVENIO PARA TODOS LOS EFECTOS LEGALES Y CONTRACTUALES A QUE HAYA LUGAR.
SEGUNDA.-
EMPRESA Y SINDICATO ACUERDAN QUE LOS PERFILES QUE REGIRAN EN LA ESPECIALIDAD DE FINANZAS SON LOS QUE SE ADJUNTAN COMO ANEXO UNICO, CON LAS MODALIDADES QUE CONTIENEN LAS CLAUSULAS SIGUIENTES:TERCERA.- LOS TRABAJADORES DE LA ESPECIALIDAD DE FINANZAS A TRAVES DEL SINDICATO DE TELEFONISTAS DE LA REPUBLICA MEXICANA, CONVIENEN CON TELEFONOS DE MEXICO, S.A. DE C.V., QUE LA FIGURA DE VACACIONERO QUE ACTUALMENTE EXISTE EN DICHA ESPECIALIDAD, SE REDUCIRA GRADUALMENTE, POR LO QUE, SE ESTABLECE PARA EL PRIMER AÑO SE REDUZCA EN UN TREINTA PORCIENTO, O SEA, QUINCE TRABAJADORES QUE FUNJAN COMO VACACIONEROS A LA FECHA EN QUE ENTREN EN VIGOR LOS PRESENTES ACUERDOS. EMPRESA Y SINDICATO ACUERDAN QUE EL PORCENTAJE Y NUMERO DE VACACIONEROS A REDUCIR PARA LOS AÑOS SUBSECUENTES, SERA EL MISMO QUE SE ACUERDE PARA EFECTOS DE ASCENSO.
EN CONSECUENCIA, CUANDO CONCLUYA LA GRADUALIDAD, QUEDARAN SIN EFECTO LOS SEIS UNICOS ACUERDOS QUE COMO BENEFICIOS ADMINISTRATIVOS SE TIENEN PACTADOS PARA LA ESPECIALIDAD DE FINANZAS, CONSIDERANDO QUE ESTAN DIRIGIDOS AL PERSONAL VACACIONERO, Y CONTENIDOS EN LA MINUTA 1/91 DE FECHA TRECE DE MARZO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y UNO.
LAS PARTES ESTARAN ATENTAS AL SEGUIMIENTO DE ESTE ACUERDO Y ANALIZARAN LOS ASPECTOS QUE SE DERIVEN DEL MISMO.
CUARTA.- LOS COMPARECIENTES CONVIENEN QUE LOS PUNTOS DE ACUERDO CONTENIDOS EN LOS NUMERALES SEGUNDO, TERCERO, CUARTO, QUINTO, SEXTO, SEPTIMO Y OCTAVO DE LA MINUTA 6/91 DE FECHA QUINCE DE FEBRERO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y UNO, CONTINUARAN SIENDO APLICABLES HASTA LA CONCLUSION DE LA GRADUALIDAD A QUE SE REFIERE LA CLAUSULA INMEDIATA ANTERIOR.---- ASIMISMO, EMPRESA Y SINDICATO RATIFICAN EN TODAS Y CADA UNA DE SUS PARTES, COMO SI SE INSERTASEN A LA LETRA, LOS ACUERDOS CONTENIDOS EN LA MINUTA 6/91, DE FECHA QUINCE DE FEBRERO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y UNO, QUE COMO BENEFICIOS ECONOMICOS APARECEN EN LOS PUNTOS NOVENO, DECIMO, DECIMO PRIMERO, DECIMO SEGUNDO Y DECIMO TERCERO, TODA VEZ QUE SE MANTIENEN Y CONTINUAN SIENDO APLICABLES PARA LA ESPECIALIDAD DE FINANZAS.
QUINTA.- EMPRESA Y SINDICATO REITERAN SU DISPOSICION EN COADYUVAR A ALCANZAR Y MANTENER UN AMBIENTE LABORAL APROPIADO EN LA ESPECIALIDAD DE FINANZAS, POR LO QUE ACUERDAN DIRIGIR SUS ESFUERZOS CONJUNTOS PARA ANALIZAR EL PLANTEAMIENTO SINDICAL RELATIVO A MATERIA DE TRABAJO EN LA EJECUCION DE LOS PROCESOS OPERATIVOS, CONTABLES Y ADMINISTRATIVOS.
EN RAZON DE LO ANTERIOR, LAS PARTES CONVIENEN, CUIDANDO DE NO AFECTAR EL SERVICIO, REUNIRSE DURANTE UN PERIODO DE NOVENTA DIAS HABILES, CON EVALUACIONES PERIODICAS, CONTADOS A PARTIR DEL VEINTINUEVE DE MAYO DE DOS MIL, DONDE TRES TRABAJADORES DE LA ESPECIALIDAD DE FINANZAS, PRESENTARAN SUS PLANTEAMIENTOS ANTE IGUAL NUMERO DE REPRESENTANTES DE LA EMPRESA, PARA RETOMAR LA PROBLEMATICA PLANTEADA Y DAR SEGUIMIENTO HASTA SU SOLUCION.
SEXTA.- LAS PARTES ACUERDAN QUE EL ASCENSO ESTABLECIDO EN LOS PERFILES DE PUESTO DE LA ESPECIALIDAD OBJETO DEL PRESENTE CONVENIO, SERA EN FORMA GRADUAL Y PARA INICIAR EL PROCESO SE EFECTUARAN LOS SIGUIENTES MOVIMIENTOS: OCHO DE LA TERCERA CATEGORIA, A LA SEGUNDA CATEGORIA Y TREINTA Y SEIS DE LA SEGUNDA CATEGORIA, A LA PRIMERA CATEGORIA, CONSIDERADOS EN EL LAPSO DEL VEINTICINCO DE ABRIL DE DOS MIL AL VEINTICUATRO DE ABRIL DE DOS MIL UNO.
ASIMISMO, EMPRESA Y SINDICATO ACORDARAN ANUALMENTE EL NUMERO DE ASCENSOS A AUTORIZAR EN LA ESPECIALIDAD POR CATEGORIA, ENTENDIENDOSE TAMBIEN QUE EL COSTO SALARIAL O IMPACTO ECONOMICO QUE RESULTE, SE APLICARA EN LA REVISION DEL CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO RESPECTIVA.
SEPTIMA.- EMPRESA Y SINDICATO ESTAN DE ACUERDO EN ELABORAR EL PROCEDIMIENTO DE ASCENSO DE LA ESPECIALIDAD DE FINANZAS EN LA COMISION MIXTA NACIONAL DE CAPACITACION Y ADIESTRAMIENTO, CONFORME AL CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO VIGENTE.
OCTAVA.- LOS COMPARECIENTES RATIFICAN LA MINUTA DE FLEXIBILIDAD LABORAL DE FECHA VEINTIOCHO DE FEBRERO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS, EN LO QUE NO SE CONTRAPONGA A LO PACTADO EN LOS PERFILES DE PUESTO Y DEMAS ACUERDOS SIGNADOS EN EL PRESENTE DOCUMENTO.
NOVENA.- EN VIRTUD DE LOS ACUERDOS ASENTADOS POR LAS PARTES EN EL PRESENTE CONVENIO, MANIFIESTAN DAR POR REVISADOS LOS PERFILES DE PUESTO DE LA ESPECIALIDAD DE FINANZAS, CON LO CUAL, ASI TAMBIEN, DAN POR CUMPLIDO EL COMPROMISO MENCIONADO EN EL PREAMBULO DE LA PRESENTE MINUTA.
DECIMA.- EMPRESA Y SINDICATO ACUERDAN QUE EL PRESENTE CONVENIO TENDRA APLICACION A PARTIR DE LA FECHA DE LA ENTRADA EN VIGENCIA DEL CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO CORRESPONDIENTE AL BIENIO DOS MIL-DOS MIL DOS.
LEIDO POR LAS PARTES EL PRESENTE CONVENIO Y ENTERADOS DE SU CONTENIDO Y ALCANCES LEGALES, LO RATIFICAN FIRMANDO AL MARGEN Y AL CALCE PARA CONSTANCIA.
POR LA EMPRESA .-----.(.....Rúbricas......).----.POR EL SINDICATO