MINUTA DE LA ESPECIALIDAD DE COMERCIAL
EN LA CIUDAD DE MEXICO, DISTRITO FEDERAL, SIENDO LAS VEINTE HORAS DEL DIA DIECISEIS DE ABRIL DE DOS MIL, SE REUNIERON EN LAS OFICINAS QUE OCUPA LA SUBDIRECCION DE RELACIONES LABORALES DE TELEFONOS DE MEXICO, S.A. DE C.V., UBICADAS EN EL PRIMER PISO DEL EDIFICIO MARCADO CON EL NUMERO 199 DE LAS CALLES DE JAMES SULLIVAN, COLONIA SAN RAFAEL,
POR UNA PARTE Y EN REPRESENTACION DE LA EMPRESA TELEFONOS DE MEXICO, S.A. DE C.V., LOS SEÑORES
DR. JAVIER ELGUEA SOLIS, DIRECTOR DE RECURSOS HUMANOS;
LIC. JAIME PEREZ GOMEZ, DIRECTOR DE ADMINISTRACION DE RECURSOS HUMANOS; ING. SALVADOR BARRA ARIAS,
DIRECTOR DE MERCADOTECNIA EMPRESARIAL;
LIC. PILAR MARMOLEJO IBARRA, SUBDIRECTORA DE DESARROLLO DE RECURSOS HUMANOS;
LIC. MAURICIO ELIAS GARCIA, SUBDIRECTOR DE RELACIONES LABORALES;
LIC. ANGEL ALEXANDER FLORES, SUBDIRECTOR DE ADMINISTRACION DE PERSONAL; LIC. CARLOS ALMAZAN LEGORRETA, GERENTE DE RELACIONES LABORALES ADMINISTRATIVOS;
SR. VIDAL RUIZ ESPINOZA, GERENTE DE RELACIONES LABORALES CAPACITACION;
LIC. GUILLERMO ORTEGA BERMUDEZ, GERENTE DE AREA DIVISION METRO PONIENTE; L.C.I. MA. DE LOURDES MONTOYA PEREZ, GERENTE C.A.T. MINERVA GUADALAJARA;
LIC. HILDA PATRICIA PEREZ CAMACHO, GERENTE C.A.T. ERMITA DIVISION METRO ORIENTE;
ING. JUAN MANUEL HUERTA ANGUIANO, GERENTE DE MERCADO MASIVO PUEBLA;
LIC. JOSEFINA JIMENEZ MELGAR,
COORDINADOR DE RELACIONES LABORALES ADMINISTRATIVOS;
POR OTRA PARTE EN REPRESENTACION DEL SINDICATO DE TELEFONISTAS DE LA REPUBLICA MEXICANA LOS SEÑORES
FRANCISCO HERNANDEZ JUAREZ, SECRETARIO GENERAL;
MIGUEL GUZMAN BEJAR, SECRETARIO DE TRABAJO;
RICARDO ARZATE RIVAS, SECRETARIO DE CONFLICTOS FORANEOS;
CARMEN VEGA ANDRADE, SECRETARIA DEL INTERIOR;
JESUS HERNANDEZ JUAREZ, SR. JORGE CASTILLO MAGAÑA, MANUEL HERRERA ROCHIN, RICARDO AGUILAR CORONA, RAFAEL MORFIN AGUILAR, SEBASTIAN DESPOSORIOS GARCIA Y MA. ELENA CHONG BALDERAS, TODOS ELLOS EN SU CARACTER DE COMISIONADOS DEL COMITE EJECUTIVO NACIONAL DEL SINDICATO;
MA. GUADALUPE RODRIGUEZ RODRIGUEZ, YOLANDA MONTIEL LUNA, MARTIN ALFREDO OCHOA GRACIA, SALVADOR ALVARADO MADRIGAL, ERNESTO A. CAMPO REDONDO GOMEZ, ANTONIO AMARO CHAVEZ, SILVIA CASTILLO MONTAÑO, RAMONA BONILLA MUNGUIA, MA. DE LA CRUZ FARRERA GUADARRAMA, JUANA SEVILLA CLEMENTE, ALBA GEORGINA MENDOZA OROPEZA, PATRICIA A. NAVARRO MUÑOZ, GLORIA VAZQUEZ MORALES, LILIA YADIRA LOPEZ ZAVALA, FRANCISCO MOYAR MARTINEZ, ARTURO FAJARDO MONTAÑO, COMISIONADOS DE LA ESPECIALIDAD DE COMERCIAL,
CON EL FIN DE DAR CUMPLIMIENTO AL PUNTO II DE "PUNTOS DE CONVENIO" DEL DOCUMENTO SIGNADO ENTRE EMPRESA Y SINDICATO EN FECHA VEINTIUNO DE ABRIL DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE, POR EL QUE SE TUVO POR REVISADO EL CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO, EN SU ASPECTO SALARIAL, MISMO QUE EN SU PARTE CONDUCENTE DICE:
PUNTOS DE CONVENIO.- LAS PARTES ACORDARON OBLIGARSE EN LOS TERMINOS DE LOS SIGUIENTES PUNTOS DE CONVENIOS:"……II.- PERFILES DE PUESTO, EMPRESA Y SINDICATO ACUERDAN QUE EN EL TERMINO DE TREINTA DIAS, CONTADOS A PARTIR DE LA FIRMA DEL PRESENTE CONVENIO, ESTABLECER UNA COMISION PARA FORMULAR UN DIAGNOSTICO SOBRE EL DESARROLLO Y PROFESIONALIZACION DEL TRABAJO, EN EL MARCO DE LA EMPRESA MODERNA Y COMPETITIVA EN EL RAMO DE LAS TELECOMUNICACIONES, QUE ADEMAS PROMUEVA UNA MAYOR PERMANENCIA DEL TRABAJADOR EN LA EMPRESA. DICHA COMISION SESIONARA POR ESPACIO DE CUARENTA Y CINCO DIAS, ANALIZANDO LOS ELEMENTOS DE TODAS LAS ESPECIALIDADES, CON EL OBJETO DE VER LA VIABILIDAD Y CONVENIENCIA PARA AMBAS PARTES DE LA EVOLUCION DE LOS PERFILES DE PUESTO QUE SE REQUIERA, EN EL ENTENDIDO QUE SI DE ESTE ANALISIS RESULTARA ALGUN COSTO SALARIAL O EFECTO ECONOMICO, EL MISMO SE APLICARA EN LA REVISION CONTRACTUAL DEL AÑO 2000. EMPRESA Y SINDICATO ACORDARAN EL MECANISMO DE PRESENTACION DE LOS ELEMENTOS DE ANALISIS POR PARTE DE LAS ESPECIALIDADES".
EN RAZON DE LO ANTERIOR, TELEFONOS DE MEXICO, S.A. DE C.V., Y EL SINDICATO DE TELEFONISTAS DE LA REPUBLICA MEXICANA CELEBRAN EL PRESENTE CONVENIO PARA LA ESPECIALIDAD DE COMERCIAL AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLAUSULAS:
D E C L A R A C I O N E S
UNICA.- LAS PARTES DECLARAN QUE CON MOTIVO DEL COMPROMISO MENCIONADO EN EL PREAMBULO DEL PRESENTE DOCUMENTO, HAN LLEGADO A ACUERDOS AL TENOR DE LAS SIGUIENTES
C L A U S U L A S
PRIMERA.- LAS PARTES SE RECONOCEN MUTUAMENTE LA PERSONALIDAD Y CARACTER CON QUE COMPARECEN A LA SUSCRIPCION DEL PRESENTE CONVENIO PARA TODOS LOS EFECTOS LEGALES Y CONTRACTUALES A QUE HAYA LUGAR.
SEGUNDA.- EMPRESA Y SINDICATO ACUERDAN QUE LOS PERFILES QUE REGIRAN EN LA ESPECIALIDAD DE COMERCIAL SON LOS QUE SE ADJUNTAN COMO ANEXO UNO, CON LAS MODALIDADES QUE CONTIENEN LAS CLAUSULAS SIGUIENTES:
TERCERA.- LOS COMPARECIENTES ESTAN DE ACUERDO, EN QUE EL PERSONAL QUE SE DESEMPEÑE EN LA ESPECIALIDAD DE COMERCIAL, LO HARA MEDIANTE LA EJECUCION DE LAS FUNCIONES Y ACTIVIDADES DETALLADAS EN EL PERFIL DE PUESTO DE LAS CATEGORIAS DE AUXILIAR COMERCIAL, EMPLEADO DE PRIMERA Y EMPLEADO DE SEGUNDA DE LA REFERIDA ESPECIALIDAD, LAS CUALES SE CONTIENEN EN EL DOCUMENTO DEBIDAMENTE SUSCRITO POR LAS PARTES. LA EJECUCION DE LAS FUNCIONES Y ACTIVIDADES DE REFERENCIA, SE HARAN CON LA FLEXIBILIDAD QUE AL EFECTO LAS PARTES HAN PACTADO EN CONVENIOS ESPECIFICOS, TALES COMO EL DE LA CLAUSULA DECIMA DEL CONVENIO DE LA REVISION SALARIAL DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO.
CUARTA.- EN LO GENERAL EL PERSONAL SE REGIRA EN CUANTO A CONDICIONES DE TRABAJO, A LO PREVISTO POR EL CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO Y REGLAMENTO INTERIOR DE TRABAJO Y EN LO PARTICULAR SE ATENDERAN LOS COMPROMISOS DETALLADOS EN EL PROPIO PERFIL.
QUINTA.- LAS PARTES ACUERDAN QUE EL PROCESO DE ASCENSO PARA LOS TRABAJADORES DE LAS CATEGORIAS DE EMPLEADO DE PRIMERA Y EMPLEADO DE SEGUNDA SERA POR LIBRE ASCENSO CON EXAMEN, DE ACUERDO A LA GRADUALIDAD PACTADA ENTRE EMPRESA Y SINDICATO.---
SEXTA.- EMPRESA Y SINDICATO ESTAN DE ACUERDO EN ELABORAR EL PROCEDIMIENTO DE ASCENSO DE LA ESPECIALIDAD DE COMERCIAL, EN LA COMISION MIXTA NACIONAL DE CAPACITACION Y ADIESTRAMIENTO (COMNCA).
SEPTIMA.- .LA EMPRESA SE COMPROMETE A QUE EN UN TERMINO DE 120 DIAS A PARTIR DE LA FIRMA DEL PRESENTE CONVENIO, DARA A CONOCER LOS ELEMENTOS Y PROCEDIMIENTOS QUE INTEGRAN EL ESQUEMA DE SEGURIDAD DE LAS TIENDAS Y PRESENTARLA PREVIAMENTE AL COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL.
OCTAVA.- LA EMPRESA CONFIRMA QUE CONTINUARA PROPORCIONANDO LOS UNIFORMES PARA EL PERSONAL DE LA ESPECIALIDAD DE COMERCIAL QUE LABORE EN LAS OFICINAS COMERCIALES, CONFORME A LA NORMATIVIDAD CORRESPONDIENTE Y EL SINDICATO CONFIRMA SU COMPROMISO DE UTILIZARLOS DE ACUERDO A DICHA NORMATIVIDAD.
NOVENA.- EMPRESA Y SINDICATO RATIFICAN LOS ASPECTOS CONDUCENTES Y APLICABLES, DE LA MINUTA DE FECHA SIETE DE ABRIL DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO, QUE EN LO CONDUCENTE SE TRANSCRIBE: "DECIMA.- PUNTO DE CONVENIO.- COMPACTACIONES, REUBICACIONES Y MODIFICACIONES DE PERFILES DE PUESTO…….DEBIENDO CUMPLIRSE CON LA SIGUIENTES PREMISAS:
1.- FLEXIBILIDAD EN LOS TRABAJOS, FUNCIONES Y ACTIVIDADES ENTRE ESPECIALIDADES AFINES.
2.- TRABAJOS DE CATEGORIAS SUPERIORES HACIA CATEGORIAS INFERIORES.
3.- CAPACITACION EN EL CAMPO DE TRABAJO.
4.- AGILIZAR LA PUESTA EN MARCHA DE NUEVOS SERVICIOS Y PRODUCTOS QUE REQUIERAN PROPORCIONAR.
5.- FLEXIBILIZAR SOBRE LA REALIZACION DE LA MATERIA DE TRABAJO.
6.- READECUAR TURNOS, HORARIOS Y JORNADAS EN FUNCION DE LAS NECESIDADES DEL CLIENTE.
7.- RESOLVER LOS CONFLICTOS LABORALES EN EL LUGAR DONDE SE ORIGINEN . SIN QUE SE AFECTE EL SERVICIO.
8.- PROFUNDIZAR LOS ESFUERZOS DE CAPACITACION Y SU CERTIFICACION, ASI COMO LA CERTIFICACION DE LA HABILIDAD LABORAL Y DE LA PRODUCTIVIDAD DEL TRABAJADOR".
EN BASE A LO ANTERIOR, TELEFONOS DE MEXICO, S.A. DE C.V. , Y EL SINDICATO DE TELEFONISTAS DE LA REPUBLICA MEXICANA, CELEBRAN EL PRESENTE CONVENIO. RATIFICANDO LOS ASPECTOS CONDUCENTES Y APLICABLES DE LA MINUTA DE FECHA SIETE DE MARZO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS, DE LA ESPECIALIDAD DE COMERCIAL AL TENOR DE LAS SIGUIENTES:
C L A U S U L A S
"SEXTA.- CAPACITACION EN EL CAMPO DE TRABAJO EMPRESA Y SINDICATO ESTAN DE ACUERDO QUE, EN BASE A LA NORMATIVIDAD QUE ESTABLEZCA LA COMISION MIXTA NACIONAL DE CAPACITACION Y ADIESTRAMIENTO, IMPLEMENTAR CUANDO SE REQUIERA, LA MODALIDAD DE "CAPACITACION EN EL CAMPO DE TRABAJO", PARA SATISFACER LOS REQUERIMIENTOS DE CAPACITACION CON LA OPORTUNIDAD Y CALIDAD NECESARIAS PARA PROYECTAR A LA EMPRESA EN EL NUEVO ENTORNO A QUE SE ENFRENTA.
A CONFORMACION DE LA PLANTILLA DE INSTRUCTORES AUXILIARES QUE IMPARTIRAN ESTA CAPACITACION SE SELECCIONARA BAJO EL PROCESO QUE TIENE ACORDADO LA COMISION MIXTA NACIONAL DE CAPACITACION Y ADIESTRAMIENTO HACIENDO USO DE LAS INSTALACIONES DE LA EMPRESA, LA CUAL TENDRA LA OBLIGACION DE PROPORCIONAR A LOS ASISTENTES EL MATERIAL NECESARIO PARA EL DESARROLLO DE DICHA CAPACITACION.
SEPTIMA.- PROFUNDIZAR LOS ESFUERZOS DE CAPACITACION Y SU CERTIFICACION, DE LA HABILIDAD LABORAL Y DE LA PRODUCTIVIDAD DEL TRABAJADOR: EMPRESA Y SINDICATO ACUERDAN QUE LA CERTIFICACION DE LA CAPACITACION Y LA HABILIDAD LABORAL, QUEDARA EN FUNCION DE LO QUE EN EL SUBSISTEMA DE CERTIFICACION DEL SISTEMA GENERAL DE CAPACITACION Y ADIESTRAMIENTO DE TELMEX SE DETERMINE Y A LAS NEGOCIACIONES QUE LA COMISION MIXTA NACIONAL DE CAPACITACION Y ADIESTRAMIENTO LLEVE A CABO CON LAS INSTITUCIONES OFICIALES PARA TAL EFECTO.
EMPRESA Y SINDICATO ACUERDAN TRABAJAR EN LA VINCULACION CON INSTITUCIONES ACADEMICAS PARA LA IMPLANTACION DE PLANES DE CARRERA EN LA ESPECIALIDAD DE COMERCIAL, LAS CUALES SE BASARAN EN LA TRAYECTORIA CURRICULAR Y A LOS ACUERDOS QUE LA COMISION MIXTA NACIONAL DE CAPACITACION Y ADIESTRAMIENTO ESTABLEZCA CON LAS INSTITUCIONES OFICIALES.
OCTAVA.- AGILIZAR LA PUESTA EN MARCHA DE NUEVOS SERVICIOS Y PRODUCTOS QUE REQUIERAN PROPORCIONAR: CUANDO LA EMPRESA DECIDA INTRODUCIR UN NUEVO PRODUCTO O SERVICIO DERIVADO DE LA ESTRATEGIA COMERCIAL, ASI COMO DE LA NECESIDAD DE NUESTROS CLIENTES, INFORMARA OPORTUNAMENTE AL SINDICATO LA FECHA DE INTRODUCCION, SOLICITANDO EL NUMERO DE PERSONAL POR CATEGORIA REQUERIDO, PARA QUE SEA DEBIDAMENTE CAPACITADO, INSTRUIDO U ORIENTADO, EN BASE AL CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO, EN TODOS LOS CASOS, EMPRESA Y SINDICATO ACUERDAN QUE LOS PRODUCTOS O SERVICIOS DEBERAN ENTRAR EN OPERACION EN LA FECHA ESTABLECIDA Y CON LAS CONDICIONES REQUERIDAS POR LA EMPRESA, ASEGURANDO ASI NUESTRA COMPETITIVIDAD.
ASIMISMO, CUANDO POR CUESTIONES ESTRATEGICAS O COMO RESPUESTA A UNA ACCION O POSIBLE ACCION DE LA COMPETENCIA, SE TENGA QUE INTRODUCIR EN FORMA INMEDIATA UN PRODUCTO O SERVICIO, ESTE SE IMPLANTARA EN FUNCION DE LO REQUERIDO POR LA EMPRESA, DANDO AVISO AL SINDICATO EN UN PLAZO MINIMO DE TRES DIAS PREVIOS A LA IMPLANTACION. EN ESE MISMO LAPSO SE CAPACITARA EN PRINCIPIO AL PERSONAL MINIMO REQUERIDO, COMPLEMENTANDOSE LA CAPACITACION CONFORME AL CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO EN VIGOR.
NOVENA.- RESOLVER LOS CONFLICTOS LABORALES EN EL LUGAR DONDE SE ORIGINEN, SIN QUE SE AFECTE EL SERVICIO: EMPRESA Y SINDICATO ESTAN DE ACUERDO EN RESOLVER EN FORMA INMEDIATA LOS CONFLICTOS LABORALES EN EL LUGAR DONDE SE ORIGINEN SIN QUE HAYA AFECTACION DEL SERVICIO DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN EL CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO Y EN BASE A LA BUENA FE Y EQUIDAD DE LAS PARTES.
DECIMA.- EN RELACION A CLIENTES GRANDES Y MAYORES, EMPRESA Y SINDICATO ACUERDAN QUE EL PERSONAL SINDICALIZADO DE ESTA ESPECIALIDAD REALIZARA LAS LABORES ADMINISTRATIVAS DE APOYO QUE SE DERIVEN DE LA CONTRATACION DE SERVICIOS BASICOS Y GRADUALMENTE DE LOS SERVICIOS DIGITALES DE ESTE SECTOR DE CLIENTES.
DECIMA PRIMERA.- EMPRESA Y SINDICATO ESTAN DE ACUERDO QUE POR ESTRATEGIA DE COMPETENCIA ES NECESARIO POSICIONAR EN EL MERCADO SERVICIOS Y PRODUCTOS DE TELECOMUNICACIONES, QUE CONLLEVEN LA PREMISA DE CAPTAR Y MANTENER EL MAYOR NUMERO DE CLIENTES POSIBLE, QUE GARANTICEN A TELMEX SU PERMANENCIA EN EL MERCADO. PARA TAL FIN, LA COMERCIALIZACION DE LOS MISMOS PODRA LLEVARSE A CABO A TRAVES DE CANALES EXTERNOS DE DISTRIBUCION, INDEPENDIENTEMENTE DE LA FUNCION QUE PARA EL EFECTO REALIZA EL PERSONAL SINDICALIZADO DE LA ESPECIALIDAD DE COMERCIAL.
TODAS LAS LABORES Y PROCESOS ADMINISTRATIVOS QUE SE DERIVEN DE LA COMERCIALIZACION DE CANALES EXTERNOS Y SE EFECTUEN EN TELMEX, SERAN REALIZADOS POR EL PERSONAL SINDICALIZADO.
DECIMA SEGUNDA.- EMPRESA Y SINDICATO ACUERDAN QUE LOS CAJEROS RECIBIDORES, UNA VEZ TERMINADO SU CORTE DIARIO DE CAJA, ENTREGARAN EL IMPORTE (EFECTIVO Y DOCUMENTOS), AL EMPLEADO DE CONFIANZA, EL CUAL SE HARA RESPONSABLE, PREVIA FIRMA DE RECIBIDO.
DECIMA TERCERA.- EMPRESA Y SINDICATO CONVIENEN EN QUE LOS BENEFICIOS ADMINISTRATIVOS Y ECONOMICOS APLICABLES A LA ESPECIALIDAD DE COMERCIAL, SON LOS QUE SE AGREGAN A ESTE CONVENIO", COMO
ANEXO DOS
ASIMISMO EMPRESA Y SINDICATO RATIFICAN LOS ASPECTOS CONDUCENTES Y APLICABLES, DE LA MINUTA DE FECHA SIETE DE NOVIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS, DEL "CENTRO DE PRODUCCION, ACTUAL CENTRO DE FACTURACION".
DECIMA.- EN VIRTUD DE LOS ACUERDOS ASENTADOS POR LAS PARTES EN EL PRESENTE CONVENIO, MANIFIESTAN DAR POR REVISADO EL PERFIL DE PUESTO DE LA ESPECIALIDAD DE COMERCIAL, CON LO CUAL, ASI TAMBIEN, DAN POR CUMPLIDO EL COMPROMISO MENCIONADO EN EL PREAMBULO DEL PRESENTE CONVENIO.
DECIMA PRIMERA.- EMPRESA Y SINDICATO ACUERDAN QUE EL PRESENTE CONVENIO TENDRA APLICACIÓN A PARTIR DE LA FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIA DEL CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO CORRESPONDIENTE AL BIENIO DOS MIL-DOS MIL DOS.
LEIDO POR LAS PARTES EL PRESENTE CONVENIO Y ENTERADOS DE SU CONTENIDO Y ALCANCES LEGALES, LO RATIFICAN FIRMANDO AL MARGEN Y AL CALCE PARA CONSTANCIA.
POR LA EMPRESA .-----.(.....Rúbricas......).----.POR EL SINDICATO